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Guía

Diferencia entre factura A, B y C

El tipo de factura depende de dos cosas: tu condición frente al IVA y la de tu cliente. Si sos responsable inscripto, emitís factura A cuando le vendés a otro responsable inscripto —con el IVA discriminado, que le genera crédito fiscal— y factura B cuando le vendés a un consumidor final o a un monotributista, con el IVA incluido en el precio. Si sos monotributista o exento, emitís siempre factura C, que no discrimina IVA y no genera crédito fiscal.

En corto
  • Factura A: de responsable inscripto a responsable inscripto. IVA discriminado, da crédito fiscal.
  • Factura B: de responsable inscripto a consumidor final o monotributista. IVA incluido en el precio.
  • Factura C: la que emite un monotributista o un exento, a cualquiera. Sin IVA discriminado.
  • Lo que define el tipo es la condición de las dos partes, no el monto ni la forma de pago.

La tabla corta

Si sos responsable inscripto y tu cliente también lo es, va factura A: el IVA aparece separado del neto y tu cliente lo puede computar como crédito fiscal. Es lo habitual cuando le vendés a una empresa, a un constructor con CUIT o a otro comercio.

Si sos responsable inscripto y tu cliente es consumidor final, monotributista o exento, va factura B: el precio se muestra con el IVA incluido y no se discrimina.

Si sos monotributista o exento, va factura C, sin importar quién compre. No discriminás IVA porque no lo liquidás por separado: en el monotributo está dentro de la cuota.

Existe además la factura M y otros comprobantes para situaciones particulares, y el remito y la nota de crédito, que no son facturas: el remito acompaña mercadería y la nota de crédito anula o corrige una factura ya emitida.

Por qué al cliente le importa

Cuando un cliente insiste con “necesito factura A”, lo que necesita es el crédito fiscal: el IVA discriminado que puede descontar de su propia liquidación. Si sos monotributista no se lo podés dar, y no es una cuestión de voluntad ni de sistema.

Esto tiene una consecuencia comercial concreta. Si una parte importante de tus ventas es a empresas que necesitan factura A, la condición fiscal deja de ser un trámite y se vuelve una decisión de negocio, que conviene conversar con el contador.

Qué necesitás para emitir

Estar inscripto y tener habilitado el punto de venta electrónico, tener un certificado digital asociado al sistema con el que vas a facturar, y que ese sistema esté autorizado a operar contra los web services de ARCA. El alta del certificado se hace una vez.

Después, cada comprobante que emitís se informa a ARCA y vuelve con un CAE, el código de autorización que lo valida. Sin CAE, lo que imprimís no es una factura.

Lo que corresponde exactamente a tu caso —categoría, tipo de comprobante, regímenes de información— depende de tu situación y cambia con el tiempo. Esto es una explicación general, no asesoramiento impositivo: confirmalo con tu contador.
Preguntas frecuentes

Preguntas sobre esto

Factura C, a cualquier tipo de cliente. No discrimina IVA y no genera crédito fiscal para el que compra, porque el IVA del monotributista está incluido en su cuota mensual.

No. La factura A la emiten los responsables inscriptos en IVA. Si tus clientes necesitan factura A, el camino es evaluar con tu contador el pase a responsable inscripto.

Sí, con el plan Premium: facturación electrónica ARCA incluida, sin límite de facturas por mes, con factura A, B y C, desde la misma pantalla donde cobrás.

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